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Nota de opinión: "Imputan al nuevo titular de la Aduana por evasión de la firma donde fue director" por Gabriel Di Nicola

Diego Dávila
“El flamante director general de Aduanas (DGA), Diego Dávila, está imputado en una causa en la que se investiga una presunta evasión impositiva que podría ascender a casi $ 155 millones. El expediente se inició después de una denuncia presentada en junio pasado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Así lo informaron a LA NACION calificadas fuentes judiciales. La denuncia hecha por la AFIP no fue contra Dávila, sino contra Cervecería y Maltería Quilmes, de la que el hoy director general de Aduanas fue responsable de las unidades de negocios en la Argentina y Uruguay.
Dávila se sumó al gobierno nacional en marzo último, cuando asumió como subsecretario de Enlace Interministerial y dependía de los vicejefes de gabinete Mario Quintana y Gustavo Lopetegui.
En junio pasado fue designado director general adjunto de la Aduana y el jueves pasado en el Boletín Oficial se oficializó su designación como titular del organismo después del alejamiento de Juan José Gómez Centurión. Trabajó durante 25 años en Cervecería y Maltería Quilmes, de la que se retiró en diciembre último. En la página web de la AFIP, en un apartado sobre las denuncias penales realizadas, figura la presentación judicial contra Cervecería y Maltería Quilmes, que lleva el número 49796/2017.
La imputación, que incluye a otros cinco directivos de la empresa cervecera, fue firmada por la fiscal federal de Quilmes, Silvia Cavallo, en agosto pasado, pero se conoció en las últimas horas.
"Se les imputa a los mencionados en su carácter de responsables de la compañía de Cervecería y Maltería Quilmes la realización de ventas de mercadería durante el año 2010 sin declararlas ante el fisco. Esto le permitió a la empresa ocultar su realidad económica y evitar abonar las sumas debidas del impuesto al valor agregado (IVA) y del tributo de ganancias", sostuvo en su dictamen la fiscal Cavallo, al que tuvo acceso LA NACION.
El juez federal de Quilmes, Luis Armella, según afirmaron fuentes judiciales, aceptó a la AFIP como querellante y ordenó una serie de medidas. Ninguno de los imputados, hasta el momento, fue citado a prestar declaración indagatoria.
"A partir de la evidencia hallada, la AFIP estimó el monto evadido en 57.861.935,43 de pesos en concepto de IVA del período 2010; un poco más de $ 33 millones y medio para el tributo de ganancias del período con cierre el 30 de junio de 2010, y de $ 62.765.991,93 para el impuesto a las ganancias del período con cierre el 31 de diciembre de 2010. Todo esto totaliza un monto evadido de $ 154.298.495,14", explicó la representante del Ministerio Público Fiscal en su presentación.
En diálogo con LA NACION, Dávila sostuvo que aún no fue notificado de la imputación firmada por la representante del Ministerio Público y afirmó que nunca, en sus 25 años en la empresa, se ocupó de cuestiones impositivas y fiscales.
"Estimo que la cuestión [la presunta evasión] estará siendo discutida por la compañía ante la AFIP", afirmó el ahora director general de Aduanas.
Desde la empresa explicaron que la operación objetada por la AFIP es una práctica "totalmente habitual que se utiliza en el mercado para promocionar los productos, y se realiza de manera legal y totalmente transparente. La compañía ha entregado todos los documentos exigidos por la ley, y está a total disposición de la Justicia". Cavallo, además, le solicitó una serie de "diligencias útiles" al juez federal Armella, como que le pida a la AFIP que informe otras órdenes de "intervención" sobre la compañía y si se ha observado la maniobra en años anteriores o posteriores a 2010.

Según el dictamen de Cavallo, "la maniobra fue detectada a partir de una orden de intervención de la AFIP sobre la compañía. En ese control, se verificó la existencia de una gran cantidad de remitos R, identificados como sin cargo. Ante la indignación de la autoridad administrativa, el representante de la empresa sostuvo que se trataba de mercadería que se entregaba en carácter de bonificaciones a sus clientes en función del cumplimiento de ciertos objetivos de ventas u otros fines comerciales. Sin embargo, a lo largo del proceso administrativo, la compañía no logró demostrar que cumpliera los requisitos establecidos en el artículo 12 inciso b de la ley 23.349 [normativo sobre el IVA] que la obligan a documentarlas de una manera diferente al simple remito".

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