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Noticia: "La Cámara Federal confirmó el procesamiento de Lázaro Báez y requirió que se evalúe el pedido para que se cite a indagatoria a Cristina Kirchner"

Lo resolvió la Sala II, integrada por los jueces Irurzun y Farah. Es por el delito de lavado de dinero. También ratificó la ampliación de la prisión preventiva de Báez, Pérez Gadín y Chueco, y el procesamiento de los cuatro hijos de Báez, entre otros.





La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, confirmó (en la causa 3017/2013/227/CA62) los procesamientos de Lázaro Báez, de sus hijos Martín, Leandro, Luciana y Melina Báez, de sus colaboradores y de Leonardo Fariña y Federico Elaskar (en total más de veinte imputados) por el delito de lavado de dinero porque se probó que montaron una estructura de sociedades y cuentas bancarias en el exterior que permitieron el blanqueo de por lo menos unos sesenta millones de dólares; al tiempo que también lograron esa finalidad a través de la adquisición de bienes por un valor  de más de dos mil setecientos treinta y cuatro millones de pesos, equivalentes a unos ciento ochenta y seis millones de dólares.

Se sostuvo que el origen ilegítimo de los fondos se encontraba suficientemente probado por los procesamientos y su confirmación por la Sala I de la Cámara dispuesto respecto de la expresidenta Cristina Fernández, del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y otros ex funcionarios y de Lázaro Báez, entre otros, por haber conformado una estructura paralela al poder estatal para desviar dinero público en favor de su grupo a través de la asignación irregular de obra pública vial a las empresas de Báez entre los años 2003 y 2015.

También, y como consecuencia de los procesamientos dispuestos, se confirmó la ampliación de la prisión preventiva de Lázaro Báez, Daniel Pérez Gadín y Jorge Chueco, señalándose que aunque las razones en que se basó su dictado podrían abarcar a otros imputados, la falta de petición o de recurso en tal sentido del Fiscal impiden a la Cámara cualquier consideración al respecto.


Por último, la Sala revocó la declaración de incompetencia dispuesta por el juez Casanello y ordenó que sea ese Juzgado el que concluya la instrucción y que envíe la causa a juicio, etapa donde recién podrán unirse las distintas investigaciones conexas que vinculan los hechos de corrupción con los de lavado. Asimismo, le indicó al juez que resuelva, sin más demoras, si corresponde hacer lugar o no al pedido del fiscal y de las querellas –la UIF y la OA- para que se convoque a declaración indagatoria a Cristina Fernández y a otras personas por estos hechos de lavado.

CIJ

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