Nota del Editor
Con motivo del desafuero de Julio De Vido se puso sobre la mesa de discusión el objeto de los fueros establecidos en la Constitución Nacional. El sentido original de la cláusula constitucional fue garantizar a los representantes del pueblo la libertad de expresión. Asegurar la posibilidad de que ningún legislador sea censurado por sus ideas. Algo muy lejano a crear una categoría especial de ciudadanos inmunes ante la ley.
La noticia
La jefa del bloque del Frente Renovador,
Graciela Camaño, reclamó este miércoles en medio del debate por el desafuero de
Julio De Vido, encarar una reforma a la Ley de Fueros porque “es deficiente”.
“Hubo un uso de los fueros para evitar el
procedimiento que tendría cualquier ciudadano común y corriente”, señaló la
diputada. Y continuó: “La Constitución no ha querido ni quiere que nosotros
invoquemos nuestros fueros para defendernos, o para causar algún tipo de
obstrucción en el proceso penal”.
Camaño consideró que “tenemos un problema muy
serio con la corrupción, porque es sistémica, y al ser sistémica nos está
indicando claramente que estamos fallando con la regulación”. En ese sentido,
enfatizó que “el mandato constitucional -sobre fueros- y la Ley de Fueros” son
“deficiente”.
Lamentó que “no llegamos a ningún tipo de
consenso” cuando el debate de modificación a la normativa actual no avanzó en
la Comisión de Asuntos Constitucionales. Por eso, dijo: “Esto forma parte de
los compromisos que también debemos darnos en esta sesión”.
Resaltó que es una “necesidad” tratar cambios a
la Ley 25.320 y afirmó que con el voto a favor de desaforar a De Vido “lo que
estamos haciendo es ponerlo a disposición del juez. Vamos a votar convencidos
de que estamos haciendo lo correcto”.
El Parlamentario
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