El financiamiento de la política se refiere al método que se utiliza, y que regula la ley, para que los partidos políticos obtengan fondos para su mantenimiento. Estos fondos son utilizados para fines que incluyen desde el mantenimiento de locales partidarios hasta el despliegue de las campañas electorales.
Los recursos pueden ser obtenidos de forma pública, por medio del Fondo Partidario Permanente, o privada, mediante aportes de sus afiliados, de donaciones de otras personas, o por otro tipo de actividades.
El financiamiento de la política debe estar regulado principalmente por dos razones: asegurar la equidad de la competencia entre los diferentes partidos, y garantizar la transparencia del sistema electoral.
Sobre la primera cuestión, la discrecionalidad en el reparto publicitario incentiva un sistema mediante el cual un gobierno puede beneficiar a medios afines y penalizar a los que considera opositores, constituyendo una amenaza para la libertad de expresión. A su vez, es habitual la utilización de la publicidad oficial con fines electoralistas, con el fin de promover el voto o favorecer la imagen de ciertos funcionarios en detrimento de otros. Esto atenta contra la equidad de la competencia electoral y constituye un claro uso ilegal de los recursos públicos.
Por otro lado, el sistema de financiamiento debe permitirnos saber cómo y cuánto recaudan, y cómo gastan los recursos los partidos políticos, es decir, debe existir una efectiva rendición de cuentas. Esto es así ya que en general se desconoce de dónde surgen los aportes que sostienen las campañas, lo cual puede significar la existencia de conflictos de intereses entre los aportantes y los funcionarios de los partidos políticos, o mismo, la utilización de dinero “ilegal”.
En Argentina desde el año 2007 rige la Ley N° 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, y su decreto reglamentario N° 776/15. Esta ley regula el patrimonio de los partidos políticos y su organización administrativa contable, y en específico las campañas electorales y su financiamiento, y las sanciones que corresponden ante los incumplimiento de la ley, entre otras cuestiones.
A su vez, la Ley N° 26.571/09 de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral modifica en parte a la Ley N° 26.215, regulando el financiamiento de las campañas electorales, y el Código Electoral Nacional.
Entre las reformas necesarias podemos encontrar las siguientes:
-Un sistema de control y sanciones efectivo, ya que actualmente el financiamiento de los partidos carece de los controles debidos.
-Regulación del uso de los recursos públicos para publicidades, para evitar su utilización indebida de parte de los oficialismos.
-Incorporación de las campañas por medios electrónicos, las cuales quedaron excluidas del régimen, por lo que no se encuentran reguladas, y suelen extenderse por fuera de los plazos establecidos por la ley, y suele desconocerse el origen de los fondos que las sustentan.
-Establecer un monto máximo para los aportes en efectivo, utilizando en mayor medida la bancarización, para poder hacer un control sobre los aportes privados.
Fuente: SC
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