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Noticia: "El Senado aún no giró a Diputados el proyecto para penalizar la corrupción empresaria"

“El proyecto de ley de Responsabilidad Penal Empresaria aún no fue girado a Diputados. Se trata de la iniciativa para sancionar a personas jurídicas que cometan delitos de corrupción, que fue aprobada el miércoles pasado en el Senado con numerosas modificaciones, pero que aún no fue remitida a la Cámara baja para su tratamiento.

La demora sorprendió al propio oficialismo, que pretendía convocar a un plenario de las comisiones de Legislación Penal y de Legislación General para despachar el proyecto y dejarlo en condiciones de ser tratado en el recinto después de las elecciones del 22 de octubre.

Sin embargo, hasta las 19 de este lunes no había en Mesa de Entradas novedad alguna sobre el tema, cuya responsabilidad recae en el secretario parlamentario del Senado, Juan Pedro Tunessi.

Curiosamente, la misma dilación se había registrado cuando Diputados aprobó el proyecto como cámara de origen, y tardó más de lo habitual en girar el texto al Senado, al punto tal que el ministro de Justicia, Germán Garavano, debió exponer en comisión ante los senadores aún sin el texto sobre la mesa.
Lo cierto es que el proyecto sufrió varios e importantes cambios durante su paso por la Cámara alta, y el interbloque Cambiemos se dispone a ratificar la nueva redacción en Diputados, aunque la votación se producirá recién después de los comicios legislativos, dado que este miércoles asistirá al recinto el jefe de Gabinete, Marcos Peña.
El proyecto apunta a sancionar a empresas de capital nacional o extranjero, con o sin participación estatal, por los delitos de cohecho, negociaciones incompatibles con la función pública, tráfico de influencias nacional o trasnacional, concusión, enriquecimiento ilícito y falsificación de balances.
El listado de ilícitos fue acotado en el Senado, dado que en Diputados se había decidido contemplar todos los delitos del Código Penal, algo que, para los senadores, terminó desvirtuando el espíritu original de la propuesta de ley requerida por la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos).
Las causas de este tipo no serán imprescriptibles, tal como había estipulado la Cámara baja, sino que caducarán a los seis años, y las multas establecidas van de dos a cinco veces la ganancia obtenida indebidamente por la empresa, entre otras.
También se habilita a las personas jurídicas la posibilidad de suscribir acuerdos de colaboración con la Justicia para obtener a cambio un beneficio en el proceso penal -lo que se denomina “delación premiada”-, y se fijan requisitos estrictos para lograr la eximición de la pena.”

El Parlamentario

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