Noticia: "Reclamo de organizaciones por la reforma por decreto de la ley de Acceso a la Información Pública"
El Poder Ejecutivo Nacional modificó por DNU las atribuciones de
la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) creada por la ley 27.275,
recortando su autonomía.
Las organizaciones firmantes expresan su preocupación tras la
publicación en el Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU)
746/2017 por el cual el Poder Ejecutivo modificó, entre otras normas, la ley 27.275
de Acceso a la Información Pública, sancionada hace apenas un año y que entrará
en vigencia el próximo 29 de septiembre.
En primer lugar, el decreto introdujo una modificación
referida a las facultades de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP)
que recorta su autonomía. El art. 12 del decreto eliminó la facultad
de la Agencia de “diseñar su estructura orgánica” como disponía la ley, y ahora
sólo podrá “elaborar y proponer para su aprobación, el diseño de su estructura
orgánica”. Esta reforma recorta una de las atribuciones fundamentales de
cualquier ente autónomo. La imposibilidad de darse su propia estructura
orgánica significa un claro retroceso en términos de independencia, ya que el
órgano dependerá de la decisión del Jefe de Gabinete de Ministros para definir
su organización interna para el cumplimiento de los fines que la ley pone a su
cargo. Este problema se agrava si se tiene en cuenta que el presupuesto
nacional vigente no incluye recursos para su puesta en funcionamiento -a pesar
de la manda clara del art. 35 de la ley- y tampoco se incluyó una partida para
la Agencia en el proyecto de presupuesto que el Poder Ejecutivo envió al
Congreso para el año 2018. En consecuencia, el órgano de aplicación de la
flamante ley dependerá de la decisión discrecional del Poder Ejecutivo para
contar con presupuesto para su funcionamiento y para definir su forma de
organización interna, en detrimento de la autarquía y autonomía funcional que
la ley establece.
En segundo lugar, el decreto tiene un serio problema en
términos de constitucionalidad y de legitimidad democrática. El DNU
746/2017 introduce importantes modificaciones a la Ley de Acceso a la
Información -además de la ya mencionada, le otorga a la AAIP la facultad de
actuar como autoridad de aplicación de la ley Ley de Protección de Datos
Personales N° 25.326- sin fundamentar en forma concreta y acabada la necesidad
y la urgencia de tales reformas ni las circunstancias excepcionales que
imposibilitan el trámite legislativo ordinario previsto por la Constitución
para la sanción de las leyes, salteando así el debate democrático necesario
para reformas de trascendencia institucional. Tal como lo sostuvo la Corte
Suprema en el fallo “Consumidores Argentinos” en 2010, la Constitución no
habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición
más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto. Esto
obedece justamente al valor intrínseco que la Constitución confiere al debate
democrático en el seno parlamentario y a las decisiones que sean fruto de dicho
debate.
Por todo lo expuesto, consideramos que cualquier reforma a la ley
de Acceso a la Información debe ser realizada en el seno del Congreso de la
Nación y no puede significar un retroceso en la garantía del derecho, por lo
cual solicitamos que el Congreso Nacional rechace el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 746/2017.
- Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia
- Datos Concepción
- Directorio Legislativo
- FOPEA
- Fundación Conocimiento Abierto
- Poder Ciudadano
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