Noticia: Proyecto de ley de Responsabilidad Penal Empresaria "Acuerdan que los delitos de corrupción no puedan prescribir"
Diputados dio media sanción a una sorpresiva iniciativa del
massismo, que acompañó Cambiemos y rechazó el kirchnerismo
La de ayer fue una sesión difícil y
con imprevistos en Diputados. Sobre el final del debate del proyecto que
penaliza a las empresas que cometan delitos, los legisladores sacaron de la
galera dos artículos nuevos que le dieron un giro sorpresivo al debate. En uno
de ellos se declara la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción,
mientras que en el segundo se eleva la pena mínima para que los funcionarios
condenados no puedan ser excarcelados. El proyecto aprobado debe ser ahora
tratado en el Senado.
Luego de la votación se abrió una
discusión sobre si podrá aplicarse con retroactividad a casos de corrupción.
Ambos artículos fueron propuestos por el Frente Renovador. El primero coloca
los delitos de corrupción en el mismo estándar de imprescriptibilidad que los
delitos de lesa humanidad, y se aprobó con 123 votos (de los bloques del
oficialismo, del Frente Renovador y del Bloque Justicialista), 79 en contra
(del Frente para la Victoria y de las bancadas de izquierda) y 14 abstenciones
(del socialismo y GEN). El otro artículo tuvo 195 votos (se sumó el
kirchnerismo), 12 negativos y 9 abstenciones.
Si bien la aplicación de la
imprescriptibilidad de los delitos de corrupción no puede ser retroactiva, ayer
mismo se abrió el debate sobre la posibilidad de que sea aplicado para causas
del período kirchnerista.
A estas incorporaciones se sumaron
cambios medulares impuestos por la oposición al proyecto original del Poder
Ejecutivo, ahora girado al Senado. Por caso, las empresas podrán ser
penalizadas no sólo por cometer delitos de corrupción (como era el planteo
original del oficialismo), sino por cualquier ilícito contemplado en el Código
Penal.
Desde el arranque, el debate se asomó
imprevisible; sin mayorías claras de ningún bloque y con la campaña electoral
interfiriendo, la discusión tenía final abierto. El oficialismo lo sufrió en
carne propia: la oposición en pleno le mutiló al proyecto original el artículo
37, un artículo clave conocido como el "artículo Odebrecht". Este
artículo le habilitaba al Gobierno la posibilidad de celebrar acuerdos, vía
administrativa, con las empresas "arrepentidas" que hubiesen cometido
delitos de corrupción en el pasado.
A cambio de información precisa sobre
los beneficiarios del delito (pago de sobornos, por caso), este artículo 37 les
concedía a las empresas la extinción de la pena. De paso, por tratarse de un
acuerdo en sede administrativa, el Gobierno esquivaba al Ministerio Público
Fiscal, a cargo de Alejandra Gils Carbó, de quien desconfían: sostienen que,
desde su sitial, la procuradora (afín al kirchnerismo) frena el avance de la
investigación sobre Odebrecht en nuestro país y protege a los funcionarios
kirchneristas involucrados.
A estas incorporaciones
se sumaron cambios medulares impuestos por la oposición al proyecto original
del Poder Ejecutivo, ahora girado al Senado. Por caso, las empresas podrán ser
penalizadas no sólo por cometer delitos de corrupción (como era el planteo
original del oficialismo), sino por cualquier ilícito contemplado en el Código
Penal.
Desde el arranque, el
debate se asomó imprevisible; sin mayorías claras de ningún bloque y con la
campaña electoral interfiriendo, la discusión tenía final abierto. El
oficialismo lo sufrió en carne propia: la oposición en pleno le mutiló al
proyecto original el artículo 37, un artículo clave conocido como el
"artículo Odebrecht". Este artículo le habilitaba al Gobierno la posibilidad
de celebrar acuerdos, vía administrativa, con las empresas
"arrepentidas" que hubiesen cometido delitos de corrupción en el
pasado.A cambio de información precisa sobre los beneficiarios del
delito (pago de sobornos, por caso), este artículo 37 les concedía a las
empresas la extinción de la pena. De paso, por tratarse de un acuerdo en sede
administrativa, el Gobierno esquivaba al Ministerio Público Fiscal, a cargo de
Alejandra Gils Carbó, de quien desconfían: sostienen que, desde su sitial, la
procuradora (afín al kirchnerismo) frena el avance de la investigación sobre
Odebrecht en nuestro país y protege a los funcionarios kirchneristas
involucrados.
"Con esta ley (la
empresa) tiene la posibilidad de ayudar, el pueblo argentino se los va a
agradecer. Aquí no estamos entregando a nadie, salvo a los culpables de actos
de corrupción", enfatizó el diputado Fernando Sánchez (Coalición Cívica).
Sus argumentos no convencieron a la oposición, que advirtió que
este artículo es inconstitucional y que es el Poder Judicial -no el Poder
Ejecutivo- el que debe celebrar los acuerdos de cooperación con las empresas.
El oficialismo cayó con 87 votos frente 131 votos de la oposición.
"El oficialismo sabe que este artículo es inconstitucional.
Es sumamente peligroso por las atribuciones que le otorgan al Poder
Ejecutivo", enfatizó la diputada Graciela Camaño (Frente Renovador).
"Este artículo está
lejos de ser transparente -enfatizó el diputado Javier David (Bloque
Justicialista)-. Cuando uno piensa que Avianca, Correo Argentino, el
soterramiento del tren Sarmiento, Panamá Papers, puede ser resuelto en un
acuerdo administrativo en el Poder Ejecutivo, se nos hace imposible
aprobarlo."
El debate de la iniciativa fue muy complicado: la semana pasada
se votó en general, pero por falta de acuerdo, el oficialismo debió postergar
hasta ayer la discusión en particular de los artículos. En su condición de
minoría, la bancada de Cambiemos no tuvo otra alternativa que allanarse a los
cambios propuestos del Frente Renovador y del Bloque Justicialista, de Diego
Bossio. El Frente para la Victoria, en tanto, se opuso a casi todos los
artículos, por considerar que el proyecto tenía como objetivo beneficiar a las
empresas.
El diputado kirchnerista criticó, concretamente, la decisión de
bajar las sanciones económicas a las empresas por los delitos que cometan. En
efecto, a propuesta del peronismo no kirchnerista, se aceptó atenuar las penas
originalmente propuestas: las multas serán de entre el 1 y el 10% de los
ingresos brutos anuales (el proyecto oficialista las elevaba del 0,5 al 20% de
los ingresos brutos anuales) de las empresas.
Lo que sí se mantuvo de la redacción original es la posibilidad
de que las empresas "arrepentidas" puedan celebrar acuerdos de
cooperación con el Ministerio Público Fiscal para que, a cambio de información
precisa sobre los pormenores del delito cometido, puedan ver suspendida la
acción penal en su contra.
(El proyecto de ley pasa ahora a consideración del Senado)
La Nación
Comentarios
Publicar un comentario
Nos interesa conocer su opinión sobre el blog. Gracias.