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Noticia: Proyecto de ley de Responsabilidad Penal Empresaria "Acuerdan que los delitos de corrupción no puedan prescribir"

Diputados dio media sanción a una sorpresiva iniciativa del massismo, que acompañó Cambiemos y rechazó el kirchnerismo

La de ayer fue una sesión difícil y con imprevistos en Diputados. Sobre el final del debate del proyecto que penaliza a las empresas que cometan delitos, los legisladores sacaron de la galera dos artículos nuevos que le dieron un giro sorpresivo al debate. En uno de ellos se declara la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, mientras que en el segundo se eleva la pena mínima para que los funcionarios condenados no puedan ser excarcelados. El proyecto aprobado debe ser ahora tratado en el Senado.
Luego de la votación se abrió una discusión sobre si podrá aplicarse con retroactividad a casos de corrupción. Ambos artículos fueron propuestos por el Frente Renovador. El primero coloca los delitos de corrupción en el mismo estándar de imprescriptibilidad que los delitos de lesa humanidad, y se aprobó con 123 votos (de los bloques del oficialismo, del Frente Renovador y del Bloque Justicialista), 79 en contra (del Frente para la Victoria y de las bancadas de izquierda) y 14 abstenciones (del socialismo y GEN). El otro artículo tuvo 195 votos (se sumó el kirchnerismo), 12 negativos y 9 abstenciones.
Si bien la aplicación de la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción no puede ser retroactiva, ayer mismo se abrió el debate sobre la posibilidad de que sea aplicado para causas del período kirchnerista.
A estas incorporaciones se sumaron cambios medulares impuestos por la oposición al proyecto original del Poder Ejecutivo, ahora girado al Senado. Por caso, las empresas podrán ser penalizadas no sólo por cometer delitos de corrupción (como era el planteo original del oficialismo), sino por cualquier ilícito contemplado en el Código Penal.
Desde el arranque, el debate se asomó imprevisible; sin mayorías claras de ningún bloque y con la campaña electoral interfiriendo, la discusión tenía final abierto. El oficialismo lo sufrió en carne propia: la oposición en pleno le mutiló al proyecto original el artículo 37, un artículo clave conocido como el "artículo Odebrecht". Este artículo le habilitaba al Gobierno la posibilidad de celebrar acuerdos, vía administrativa, con las empresas "arrepentidas" que hubiesen cometido delitos de corrupción en el pasado.
A cambio de información precisa sobre los beneficiarios del delito (pago de sobornos, por caso), este artículo 37 les concedía a las empresas la extinción de la pena. De paso, por tratarse de un acuerdo en sede administrativa, el Gobierno esquivaba al Ministerio Público Fiscal, a cargo de Alejandra Gils Carbó, de quien desconfían: sostienen que, desde su sitial, la procuradora (afín al kirchnerismo) frena el avance de la investigación sobre Odebrecht en nuestro país y protege a los funcionarios kirchneristas involucrados.
 A estas incorporaciones se sumaron cambios medulares impuestos por la oposición al proyecto original del Poder Ejecutivo, ahora girado al Senado. Por caso, las empresas podrán ser penalizadas no sólo por cometer delitos de corrupción (como era el planteo original del oficialismo), sino por cualquier ilícito contemplado en el Código Penal.

Desde el arranque, el debate se asomó imprevisible; sin mayorías claras de ningún bloque y con la campaña electoral interfiriendo, la discusión tenía final abierto. El oficialismo lo sufrió en carne propia: la oposición en pleno le mutiló al proyecto original el artículo 37, un artículo clave conocido como el "artículo Odebrecht". Este artículo le habilitaba al Gobierno la posibilidad de celebrar acuerdos, vía administrativa, con las empresas "arrepentidas" que hubiesen cometido delitos de corrupción en el pasado.A cambio de información precisa sobre los beneficiarios del delito (pago de sobornos, por caso), este artículo 37 les concedía a las empresas la extinción de la pena. De paso, por tratarse de un acuerdo en sede administrativa, el Gobierno esquivaba al Ministerio Público Fiscal, a cargo de Alejandra Gils Carbó, de quien desconfían: sostienen que, desde su sitial, la procuradora (afín al kirchnerismo) frena el avance de la investigación sobre Odebrecht en nuestro país y protege a los funcionarios kirchneristas involucrados.

"Con esta ley (la empresa) tiene la posibilidad de ayudar, el pueblo argentino se los va a agradecer. Aquí no estamos entregando a nadie, salvo a los culpables de actos de corrupción", enfatizó el diputado Fernando Sánchez (Coalición Cívica).
Sus argumentos no convencieron a la oposición, que advirtió que este artículo es inconstitucional y que es el Poder Judicial -no el Poder Ejecutivo- el que debe celebrar los acuerdos de cooperación con las empresas. El oficialismo cayó con 87 votos frente 131 votos de la oposición.
"El oficialismo sabe que este artículo es inconstitucional. Es sumamente peligroso por las atribuciones que le otorgan al Poder Ejecutivo", enfatizó la diputada Graciela Camaño (Frente Renovador).

"Este artículo está lejos de ser transparente -enfatizó el diputado Javier David (Bloque Justicialista)-. Cuando uno piensa que Avianca, Correo Argentino, el soterramiento del tren Sarmiento, Panamá Papers, puede ser resuelto en un acuerdo administrativo en el Poder Ejecutivo, se nos hace imposible aprobarlo."
El debate de la iniciativa fue muy complicado: la semana pasada se votó en general, pero por falta de acuerdo, el oficialismo debió postergar hasta ayer la discusión en particular de los artículos. En su condición de minoría, la bancada de Cambiemos no tuvo otra alternativa que allanarse a los cambios propuestos del Frente Renovador y del Bloque Justicialista, de Diego Bossio. El Frente para la Victoria, en tanto, se opuso a casi todos los artículos, por considerar que el proyecto tenía como objetivo beneficiar a las empresas.
El diputado kirchnerista criticó, concretamente, la decisión de bajar las sanciones económicas a las empresas por los delitos que cometan. En efecto, a propuesta del peronismo no kirchnerista, se aceptó atenuar las penas originalmente propuestas: las multas serán de entre el 1 y el 10% de los ingresos brutos anuales (el proyecto oficialista las elevaba del 0,5 al 20% de los ingresos brutos anuales) de las empresas.
Lo que sí se mantuvo de la redacción original es la posibilidad de que las empresas "arrepentidas" puedan celebrar acuerdos de cooperación con el Ministerio Público Fiscal para que, a cambio de información precisa sobre los pormenores del delito cometido, puedan ver suspendida la acción penal en su contra.
(El proyecto de ley pasa ahora a consideración del Senado)
La Nación

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