La reciente denuncia de sobreprecios en contratos con Odebrecht para construir gasoductos, administrados a través de un fideicomiso invita a una reflexión sobre el uso de ese mecanismo de gasto de fondos del Estado.
Los fideicomisos públicos pueden ser considerados instrumentos
jurídicos creados por la administración pública para cumplir con una finalidad
lícita y determinada, a efecto de fomentar el desarrollo económico y social a
través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución
fiduciaria. Asimismo, mediante el contrato de fideicomiso se da seguimiento a
diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.
Representan un rubro considerable del gasto público (en especial en materia de
obras energéticas), sin embargo, su situación legal irregular (dependen de
disposiciones contenidas en varios cuerpos legales, y en general, de normas
pertenecientes al derecho privado) ha moldeado sus condiciones de
funcionamiento bajo criterios de opacidad. Estas asignaciones de gasto público
se consideran gravemente expuestas a la corrupción debido a que actualmente los
fideicomisos se caracterizan por una deficiente o nula rendición de cuentas;
las dificultades para su control y fiscalización; las decisiones las toman los
comités técnicos y figuras similares, integrados con actores privados con
responsabilidad y obligación de transparencia muy limitadas; las condiciones del
contrato de fideicomiso pueden cambiar sin control; se incumplen normas
financieras y en materia de adquisiciones públicas, entre otras.
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