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Nota de opinión: El uso indebido de los fondos públicos para la campaña electoral

Nota del Editor
El delito corrupción no se produce únicamente cuando un funcionario público recibe dinero de una persona, o de un grupo de personas o de una entidad jurídica, a cambio de otorgarle un privilegio o la adjudicación de una obra o servicio público o un contrato. El uso ilegal de los fondos públicos transita por innumerables andariveles. Uno de ellos es usar los recursos del Estado para fines partidarios, por ejemplo, en el caso de una elección. Esto se ha tornado en un hecho tan natural que no llama la atención, ni se denuncia como delito.
La nota
"El uso de la publicidad oficial para campañas personales ya es una tradición en Argentina, que no reconoce diferencias entre partidos políticos ni años electorales. Así es que esta nueva campaña electoral no es una excepción y desde principios de año la publicidad oficial volvió a ser tema de debate. Primero, durante el mes de abril se difundieron imágenes de distintos municipios en los que, entre otros abusos, se plotearon vehículos policiales, camiones de basura y hasta ambulancias con los nombres de sus respectivos intendentes, y luego, con el lanzamiento del spot “Para Siempre” del gobierno nacional protagonizado por el Presidente de la Nación se reavivó la polémica.
De esta forma, el comienzo de una nueva contienda electoral nos advierte sobre la continuidad de una práctica dañina para nuestra democracia a la que debemos decirle basta.
¿Cuál es el problema de este tipo de prácticas?
El uso de recursos públicos para fortalecer la imagen pública de los funcionarios resulta inaceptable, en primer lugar, porque mediante este tipo de prácticas, que persiguen fines propios de una campaña política, los recursos públicos confiados a esos funcionarios son utilizados para su provecho personal, es decir, para financiar con dinero de los ciudadanos sus campañas políticas. Esto significa un uso abusivo de los recursos públicos, y una confusión entre Estado y partido gobernante, contraria a los ideales democráticos y al principio republicano de gobierno. Sin embargo, es habitual en nuestro país, pues intendentes, jefes comunales, gobernadores y hasta presidentes, han utilizado abusivamente los recursos oficiales para obtener beneficios personales. El ejemplo más claro es la publicidad oficial, la impresión de imágenes o nombres en bienes públicos, la utilización de recursos humanos estatales para hacer campaña, entre otros.
En segundo lugar, provoca una fuerte desigualdad en el marco del debate público y las contiendas electorales, ya que los funcionarios que usan abusivamente los recursos públicos obtienen ventajas indebidas frente a representantes de otros partidos políticos que no lo hacen, pues publicitan su imagen a través de una supuesta comunicación institucional con recursos del Estado. Por el contrario, las campañas políticas de otros candidatos deben ser costeadas con los presupuestos de sus partidos políticos y no con los del Estado que ocasionalmente administran gracias a la confianza de los ciudadanos.
Además de dejar en evidencia la falta de compromiso democrático de muchos de nuestros funcionarios, este tipo de prácticas pone de manifiesto el déficit de las regulaciones en materia de ética pública y uso de la publicidad oficial, tanto a nivel nacional, como provincial y municipal.
Sanciones insuficientes
A nivel nacional la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública y la Resolución 247 de la Secretaría de Comunicación Pública prohíben la incorporación de nombres, símbolos o imágenes que supongan la promoción personal de funcionarios públicos o que promuevan intereses particulares de los mismos. Sin embargo al carecer de una ley de publicidad oficial, no se regula un sistema de control y sanción ante incumplimientos de la norma.
Por su parte, a nivel provincial son pocas las provincias que cuentan con normas que regulen la publicidad oficial. Entre ellas se encuentran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Chaco, Río Negro y Santa Fe. Por ende, la Ley Nacional de Ética Pública es el único marco legal que tenemos en muchos casos.

Para terminar con este tipo de prácticas necesitamos del compromiso de nuestros dirigentes para sancionar normas que regulen las pautas éticas que se deben seguir en el ejercicio de la función pública, y una ley que regule los contenidos y la distribución de la publicidad oficial, tanto a nivel nacional como provincial, y genere un sistema efectivo de control y sanción, siguiendo los lineamientos de la Ley Nacional de Ética Pública. Esto significaría un paso clave para la mejora del sistema electoral en Argentina, y para el fortalecimiento de nuestra democracia."
"Sin Corrupción"

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