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Noticia: "La Cámara Federal confirma inhibición general de bienes en causa contra directivos de la empresa interestatal Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio"


“Se investiga la comisión del delito de administración fraudulenta con relación a fondos de esa compañía, que cuenta con participación estatal, bajo la órbita del entonces Ministerio de Planificación, a cargo de Julio De Vido

La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal –integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo G. Farah- resolvió este viernes las apelaciones deducidas en el marco de la causa CFP 18.368/2016/6/CA1 contra la inhibición general de bienes dispuesta por el juez Sebastián Ramos con relación a los imputados Manuel César Benítez, Adrián Leonardo Posada, Juan Martín Etcheverry e Irene Castro.

Según la resolución de la Cámara, en la investigación –iniciada por la Oficina Anticorrupción e impulsada por el fiscal del caso, Gerardo Pollicita- los imputados detentaban los más altos cargos de la empresa interestatal Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD)- habrían intervenido en la comisión del delito de administración fraudulenta con relación a los fondos de esa sociedad.  La firma cuenta con participación estatal, habiendo correspondido la designación de autoridades, durante la época de los hechos a Presidencia de la Nación, en la órbita del Ministerio de Planificación, a cargo de Julio De Vido.

Concretamente, se afirmó: “A través de los informes de auditoria interna y forense efectuados en ese organismo por el período comprendido entre el año 2012 y primeros meses de 2016 se detectó: a- un gran incremento en la cantidad de lingotes de oro producida y vendida por YMAD, sin que existan razones que lo justifiquen, cuyas transacciones se habrían materializado a través de procesos de licitaciones privadas mediante las cuales se adjudicaron cantidades de dicho metal -80% de las ventas- a un grupo determinado de diez sociedades vinculadas entre sí -cuyo objeto social no guardaba relación con el rubro y cuya capacidad económica resultaba insuficiente para justificar las cuantiosas adquisiciones-, generando una pérdida millonaria para la sociedad, en virtud del alto costo del refinamiento; y b- inconsistencias en los procedimientos para la adjudicación de los proveedores de cianuro de sodio -insumo vital en la industria minera-, que no habrían respetado los parámetros fijados en las políticas de compra, pagándose sobreprecios millonarios”.

En la resolución se destaca también que, durante la investigación, se detectó que “algunos de los imputados, una vez advertidos sobre los allanamientos realizados en sus cajas de seguridad -oportunidad en la que se secuestraron sumas superiores al millón de dólares, gran cantidad de pesos argentinos y euros, lingotes cuyo material se presume es oro, entre otros bienes- y tras la posibilidad de que les sean incautadas otras cajas de su titularidad -que aún no habían sido informadas en la causa- habrían retirado los bienes allí guardados”.

Por otro lado, se hizo hincapié en la necesidad de avanzar en la investigación con respecto a los supuestos compradores del oro en condiciones alegadamente fraudulentas (según información del caso, varias de las sociedades involucradas en esas operaciones tienen vinculación con empresas ligadas a los hijos de Lázaro Báez, que son investigadas en la causa el Juzgado Federal n° 7 por transferencias de dinero sospechosas). Asimismo, se indicó que deberá determinarse “la eventual participación de estamentos superiores de la administración pública de aquel entonces, disponiendo las medidas cautelares del caso, de corresponder”.

CIJ

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